Admisión con 90 créditos reconocidos
La admisión por traslado de expediente de estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que cursen el grado en Medicina u otras titulaciones universitarias oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de médico es una vía excepcional condicionada a los recursos de personal, espacio y material disponibles en la Facultad de Medicina, es decir, al número de plazas vacantes confirmadas a partir de segundo curso.
En virtud de los artículos 29 y 30 del Real Decreto 412/2014, el artículo 14.4 de la normativa de acceso y admisión de la UIB (https://seu.uib.cat/fou/acord/14355/) establece que el decano de la Facultad de Medicina puede otorgar esta admisión excepcional –en caso de que se produzcan las mencionadas vacantes– con el requisito indispensable de que la comisión de reconocimiento y transferencia de créditos (CRiTC) pueda reconocer al aspirante al menos 90 créditos superados en la Universidad de origen.
Las solicitudes de admisión excepcional por traslado de expediente deben presentarse por correo electrónico a secretaria.fm@uib.es por medio de este formulario entre el 1 de junio y el 15 de julio.
Importante: Se desestimarán todas las solicitudes que no cumplan los mínimos requisitos formales, incluyendo los siguientes casos:
-Solicitudes cumplimentadas a mano.
-Solicitudes que presenten una opción de reconocimiento (convalidación) de una asignatura no superada en la Universidad de origen.
-Solicitudes que presenten más de una opción de reconocimiento (convalidación) para una misma asignatura del plan de estudios del grado de Medicina de la UIB.
-Solicitudes que no incluyan la siguiente información de la asignatura del grado de Medicina de la UIB por la que se pide el reconocimiento:
a) el código de la asignatura;
b) su nombre completo;
c) la tipología de asignatura (formación básica, obligatoria u optativa);
d) el número de créditos ECTS y el curso en el que se imparte.
-Solicitudes que no aporten la misma información indicada en el punto anterior para la asignatura cursada en la universidad de origen que se pretende reconocer, así como la guía docente oficial de la misma.
Estas solicitudes serán automáticamente desestimadas por incumplimiento de los requisitos administrativos básicos.
En la resolución del procedimiento se aplicará el siguiente baremo:
PRIMERA FASE:
Calificación media del expediente académico en la Universidad de origen (en la escala de 0 a 10). | Hasta 5 puntos |
Calificación obtenida en la PBAU: - nota del bloque de acceso (entre 4 y 10): hasta 30 puntos - nota del ejercicio de Biología (entre 5 y 10): hasta 5 puntos - nota del ejercicio de Química (entre 5 y 10): hasta 5 puntos |
Hasta 40 puntos |
Superación de la PBAU en la comunidad autónoma de las Illes Balears. | Hasta 15 puntos |
Residencia familiar en la comunidad autónoma de las Illes Balears durante los últimos cinco años u otra relación acreditada de arraigo en las Illes Balears durante los últimos cinco años. | Hasta 20 puntos |
SEGUNDA FASE, solo para los aspirantes con mejores puntuaciones de la primera fase:
Entrevista personal. | Hasta 5 puntos |
TERCERA FASE, solo para los aspirantes con mejores puntuaciones después de la segunda fase:
Número de créditos superados en la Universidad de origen. Se asignarán 0,1 puntos a cada crédito europeo efectivamente cursado y superado que pueda reconocerse en el grado en Medicina de la UIB. Si es necesario, el estudiante debe acreditar la equivalencia en ECTS de las asignaturas cursadas. | Hasta 15 puntos (se desestimarán las solicitudes que no lleguen a 9 puntos) |
Las personas admitidas por esta vía excepcional deben formalizar la matrícula en el plazo más breve posible, y tendrán que limitarse a las asignaturas y grupos en los que haya vacantes y acomodarse a las condiciones académicas previstas.